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jueves, 13 de enero de 2022

CUENCA:IMAGINEMOS UN NUEVO SISTEMA URBANO COMPUESTO POR LA CIUDAD MADRE Y 21 PEQUEÑAS CIUDADES

 

FERNANDO CORDERO CUEVA

13-01-2022







 

Las nuevas condiciones jurídicas derivadas de la LOTUS marcan una significativa diferencia entre las áreas urbano-parroquiales de 1998 y 2002 y las que se definirán en el PDOT-PUGS 2022-2034. La ley establece en forma clara que las municipalidades clasificarán el suelo cantonal en dos categorías excluyentes: URBANO y RURAL. Todas las otras denominaciones serán en adelante  sub-clasificaciones. 

 

Este mandato legal es una importante oportunidad para volver a imaginar a mediano y largo plazo  (12-30 años) un sistema urbano  compuesto por la ciudad madre (Cuenca) y un conjunto de pequeñas ciudades creadas en las cabeceras parroquiales.  Todos estos asentamientos humanos, independientemente de su tamaño deberán estar unidos con adecuadas vías de comunicación, sistemas de transporte público, eficientes infraestructuras y servicios básicos -que incluirán conectividad inalámbrica en todo el cantón e internet de banda ancha.-

 

Las cabeceras parroquiales en su condición de nuevas áreas urbanas podrán beneficiarse, a través de la municipalidad, de la Contribución de Mejoras para garantizar la calidad de vida de todos sus habitantes, repartir entre todos -con equidad- las cargas y beneficios de su desarrollo y recuperar las inversiones para reinvertirlas en el propio desarrollo parroquial.

 

En estas nuevas áreas urbanas discontinuas (cabeceras de las parroquias rurales) , podrían vivir no menos de 250.000 personas. 

 

Las pequeñas ciudades requerirán planes urbanísticos que garanticen mediante procesos de reparcelación y ajuste de terrenos las mejores condiciones de vida a toda su gente y hagan realidad el viejo paradigma urbanístico de la  “ciudad de 15 minutos” en el que: escuelas, colegios, lugares de trabajo, mercados, centros de salud, áreas recreativas, estarán a menos de un kilómetro de distancia o 15 minutos caminando. 

 

Esta visión de futuro es totalmente posible y  requiere una planificación urbanística en cada caso con cambios importantes en las normas de arquitectura y urbanismo. En las pequeñas ciudades debería  permitirse edificios de mas de dos pisos, adecuadamente localizados, respetuosos de la arquitectura vernácula y capaces de conformar un hábitat saludable con viviendas dignas, equipamientos de uso colectivo, áreas verdes y espacios públicos que garanticen a todos el derecho a la ciudad.

 

La Municipalidad tiene una enorme oportunidad de crear las condiciones para emprender en un nuevo modelo de ocupación y uso del suelo cantonal.

domingo, 12 de diciembre de 2021

¿ QUE ESPERA LA MUNICIPALIDAD DE CUENCA PARA CONOCER, DEBATIR Y APROBAR EL PDOT-PUGS 2021-2033 ?


 

FERNANDO CORDERO CUEVA

13 de diciembre de 2021

 

 

 



 

La Municipalidad de Cuenca, a través del concejo cantonal debió conocer y aprobar el Plan de Desarrollo, Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo 2021-2033 hasta el 13 de septiembre. Han pasado tres meses y el concejo cantonal aún no ha sido convocado a sesión para iniciar el debate y ulterior aprobación del PDOT-PUGS. Desde septiembre esta circulado un borrador de la “ORDENANZA QUE REGULA EL USO, GESTIÓN Y APROVECHAMIENTO DEL SUELO URBANO Y RURAL DEL CANTÓN CUENCA Y APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y LA SANCIÓN DEL PLAN DE USO Y GESTIÓN DE SUELO”. La ordenanza en referencia contiene: 128 artículos, 12 disposiciones generales, 14 transitorias, 8 derogatorias y una disposición general. Junto con la ordenanza la municipalidad ha entregado a los señores concejales un conjunto de documentos relacionados con el PDOT-PUGS  y corresponden a: diagnóstico, propuesta PDOT, modelo de gestión del PDOT, síntesis del diagnóstico; memorias de participación ciudadana; matriz de relacionamiento de acciones; matriz de programas y proyectos; líneas de acción y banco de proyectos; matriz de articulación de políticas y metas al PND y a los ODS; memoria técnica del PUGS; procedimientos PUGS; fichas de todos y cada uno de los polígonos de intervención territorial PIT-urbanos y rurales- (se limitan exclusivamente a las 21 cabeceras parroquiales),  PIT del área rural de expansión urbana y de ejes urbanos; mapas normativos de afectaciones y usos de suelo (sic);  y,  tablas de usos de suelo.

Lo curioso y anecdótico de este proceso de “planificación” -que lleva mas de cuatro años- es que, pese a que se contrató una consultoría internacional y luego asesores nacionales para “reforzar” el equipo municipal, el diagnóstico se hace con información totalmente desactualizada, principalmente datos censales del año 2010; el catastro predial tiene múltiples limitaciones y está totalmente desactualizado en cuanto a edificaciones -especialmente del sector rural y periurbano-. El Plan de desarrollo que se dice ha sido “actualizado” en su mayor parte  mantiene las versiones de 2011 y 2015 y para aprobar el nuevo Plan de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo, la ordenanza en referencia -dentro de sus múltiples confusiones- propone 8 disposiciones derogatorias que eliminan todos los actos legislativos municipales de muchos  años[1] y lo que es peor, condiciona la vigencia del nuevo PDOT a la expedición de cinco nuevas ordenanzas[2] cuatro nuevos reglamentos[3]Además establece que se deberá elaborar un Plan Especial para el Centro Histórico[4] y se deberá contratar una consultoría para emplazar la “Zona de Tolerancia”. Es decir una “ordenanza” que no resuelve nada y difiere casi todo pero pretende sustituir todo el trabajo legislativo del Concejo Cantonal de los últimos 50 años con un ampuloso “anexo” que recoge retazos de una serie de documentos municipales elaborados en las administraciones municipales precedentes y algunos textos nuevos. 
 
El Colegio de Arquitectos, la Cámara de la Construcción, las universidades cuencanas y las cámaras y gremios productivos, en julio de 2020 crearon cinco mesas técnicas para realizar un análisis y seguimiento del PDOT-PUGS. En septiembre de ese año se incluyó esa propuesta técnica dentro del “Acta de acuerdos”  firmada con el alcalde de Cuenca para tener nuevos insumos para la actualización del PDOT-PUGS y garantizar una efectiva participación ciudadana . 
 
Pese al acta firmada y a la actitud cooperativa del director de planificación de la municipalidad y los técnicos municipales, en la práctica se fue evidenciando el poco o ningún interés político municipal en generar un verdadero proceso de planificación participativo, al extremo que se pretendió, en mas de una ocasión, disolver o suplantar a las mesas técnicas de análisis y seguimiento del PDOT-PUGS. Permanentemente se eludió todo diálogo directo entre las mesas técnicas y las instancias políticas municipales -con excepción de muy pocos  concejales que se han mostrado ocasionalmente interesados en esos diálogos tecno-políticos- La participación ciudadana se la ha querido sustituir con innumerables reuniones promovidas por la municipalidad que supuestamente “socializan” el proceso de planificación mediante “presentaciones en Power Point” en las que apenas hay espacio para “preguntar” sobre el contenido de esos monólogos municipales y no para un verdadero diálogo sobre temas inherentes al proceso de desarrollo y ordenamiento territorial del cantón y el ordenamiento urbanístico de la ciudad. El supuesto “Consejo de Planificación Cantonal” ha guardado absoluto silencio y lo que es peor ni siquiera se conoce quienes son los delegados ciudadanos que lo integran.
 
En esas circunstancias los ciudadanos aspiramos que una vez que el concejo cantonal sea convocado para discutir y aprobar la ordenanza se abra ese debate ciudadano, indispensable para lograr que el Plan de Desarrollo, Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo 2021-2033 se convierta en ese anhelado pacto social que Cuenca requiere para, por un lado, recuperar el perdido liderazgo regional que caracterizó a nuestro cantón durante muchos años y por otro frenar el caótico proceso de expansión de la ciudad que genera cotidianamente: especulación en el precio del suelo urbano y rural, subutilización de infraestructura y equipamientos disponibles, arbitrarios y anti técnicos fraccionamientos rurales y periurbanos,  eliminación de suelos rurales aptos para la agricultura y una permanente pérdida de las densidades urbanas. 
 



[1] Disposiciones derogatorias: SÉPTIMA: Deróguense todos los instrumentos de planeación, régimen urbanístico, ordenanzas y reglamentos que se opongan a la presente ordenanza y los instrumentos que la complementan y desarrollan. OCTAVA: Deróguese todas las ordenanzas sobre ordenamiento territorial y planificaciones que rigen sobre las cabeceras urbano-parroquiales dentro de la circunscripción territorial del cantón Cuenca.

[2]  Nuevas Ordenanzas: Vivienda de interés social, Administración del Banco de Suelo, Regulación del Régimen de Propiedad Horizontal, Normas de Arquitectura y Urbanismo, Regulación de retiros frontales.

[3] Concesión Onerosa de Derechos, Aplicación de Planes Parciales y Unidades de Actuación Urbanística,  Aplicación y Ejecución de Reajustes de Terrenos, Estándares Urbanísticos. 

[4] Para elaborar ese plan según esa misma ordenanza el concejo deberá aprobar previamente en un año de plazo el “Reglamento para Aplicación de Planes Parciales y Unidades de Actuación Urbanística”

martes, 9 de abril de 2019

AREAS URBANAS, CENSO 2020 Y REVOLUCION INFORMATIVA


AREAS URBANAS , CENSO 2020 Y REVOLUCION INFORMATIVA


NO PUEDE EXISTIR otra área urbana que aquella delimitada por las municipalidades. Asi lo dispone la Ley. Lo raro es que el INEC se haya convertido en la entidad que “DECIDE” cuantos ecuatorianos somos habitantes urbanos y cuantos habitantes rurales. 

FERNANDO CORDERO CUEVA

El próximo año, 2020, Ecuador realizará su VIII censo de población y VII de vivienda. Según funcionarios del INEC posiblemente este sería el último que se haga, ya que "En otros países las bases de datos se actualizan a diario mientras que en Ecuador debemos esperar 10 años”. Los especialistas hablan de implantar una serie de “registros administrativos” que alimenten las bases de datos que hoy generan los censos.  No hay aún nada definitivo sobre las metodologías que deberán usarse para suplir la información censal, que es fundamental para la planificación y evaluación del desarrollo del país. 

El Censo de 2020, que será realizado en “forma tradicional” será fundamental para evaluar los impactos sociales, económicos y territoriales de la constitución, las leyes y las políticas públicas de los últimos 10 años.

Una de las características de los censos de población y vivienda ha sido establecer la población y viviendas existentes en cada una de las parroquias rurales, cantones y provincias del país, identificando su localización urbana o rural. Extrañamente las “áreas urbanas”, que por ley deben ser  delimitadas por las municipalidades ecuatorianas mediante actos decisorios de los concejos cantonales, no son consideradas. El  INEC que en forma ARBITRARIA ha “delimitado” de hecho los territorios urbanos, censales, en los últimos 60 años (1950 – 2010).



En 1992, el IV Simposio Nacional de Desarrollo Urbano y Planificación Territorial advirtió esta deficiencia y planteó la solución correspondiente, que no es otra que la que aconseja el sentido común. NO PUEDE EXISTIR otra área urbana que aquella delimitada por las municipalidades. Así lo dispone la Ley. Lo raro es que aquello no haya ocurrido y que el INEC se haya convertido en la entidad que “DECIDE” cuantos ecuatorianos somos habitantes urbanos y cuantos habitantes rurales y que todos hayamos convivido con esta arbitrariedad.

Según la Ley de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo, LOTUS,  las municipalidades tienen UN AÑO para elaborar los Planes de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, a partir del 14 de mayo de 2019. En ese contexto, los concejos municipales, deberían, en los primeros seis meses de su gestión, (14 de noviembre de 2019) DELIMITAR LAS ÁREAS URBANAS CANTONALES y entregar esos límites al INEC, con la finalidad de que el Censo 2020, por primera vez, pueda informarnos cuantos habitantes urbanos y rurales vivimos en Ecuador. 

EL complemento de este cambio en la metodología censal, consistiría en aprovechar el nuevo censo 2020, para cumplir el mandato de la LOTUS, que exige al Registro Civil la creación del “REGISTRO ÚNICO DE RESIDENCIA”, entendiéndose por RESIDENCIA al lugar habitual de morada  o habitación de un individuo, independientemente de su condición de propietario, inquilino a prestatario del inmueble en el que mora o habita. Además, todas las personas naturales mayores de edad, nacionales o extranjeras, estamos obligados a registrar a: niños, niñas, adolescentes, personas adultas mayores, o personas con discapacidad que no puedan realizar el registro por sí mismas (para evitar errores el Censo, esta vez, debe pedir el numero de cédula de identidad todos los censados). 

ESTA ACCION PEQUEÑA, TOTALMENTE FACTIBLE Y POSIBLE DE EJECUTAR, -casi sin costos adicionales-, nos permitirá posicionar espacialmente (longitud, latitud y altitud) a nuestras RESIDENCIAS Y A SUS OCUPANTES (conocido en el mundo técnico como GEORREFERENCIACIÓN) y con ello provocar una verdadera REVOLUCIÓN INFORMATIVA que nos permitirá, producir muchos mapas que ayuden al conocimiento socio espacial de nuestra realidad urbana y rural y su planificación territorial.

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