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jueves, 27 de octubre de 2022

ECUADOR: MÁS CENTRALISTA QUE SIEMPRE

FERNANDO CORDERO CUEVA
27-10-2022


El Estado ecuatoriano no ha cumplido el 
mandato constitucional que señala que:
"...Se organiza en forma de república y se
gobierna de manera descentralizada"


En el año 2.000 nuestro país perdió su moneda y adoptó oficialmente el dólar como moneda de curso legal, como epílogo de la gran crisis económica e inflacionaria de finales de la década de los 90. Más allá de las diferentes opiniones que se generaron y aún se mantienen sobre la conveniencia de esa decisión, hoy en Ecuador existe un consenso sobre lo positiva que resultó la dolarización para volver a pensar en proyectos de mediano y largo plazo que casi habían desaparecido en los últimos años de nuestro recordado y maltratado “Sucre”. Uno de esos proyectos de mediano plazo fue, al comenzar el siglo, la descentralización con autonomía.

A continuación, voy a usar datos en dólares, para demostrar que el centralismo, que nació en 1830 -con Juan José Flores- está más omnipresente que siempre y que, nuestra constitución -estudiada y alabada en el mundo entero como pionera en autonomías descentralizadas- no ha logrado alterar el centralismo y de manera particular no ha logrado la tan anhelada descentralización fiscal. 

En el año 2.000 el PIB del Ecuador llegaba a 18.319 millones de dólares y el Presupuesto General del Estado, PGE, equivalía al 21,1% del PIB. En el 2020 el PIB se había multiplicado por 5,9 veces y llegaba a 108.108 millones de dólares y el PGE correspondía al 32,2% del PIB. Es decir, el Estado, presupuestariamente hablando creció 7,7 veces, pasando de 3.870 a 29.826 millones de dólares -incremento monetario de 25.956 millones de dólares y un incremento relativo de 11.1% del PIB-.
Mientras eso ocurría en el Estado central, el Estado descentralizado -representado por las municipalidades- había recibido en forma de transferencias del PGE, en el año 2.000, la suma de 257 millones de dólares y en el año 2020 la cantidad de 1.902 millones de dólares (incremento de 7,4 veces). Este enorme incremento monetario nos creó expectativas descentralizadoras que lamentablemente se han estrellado con las realidades centralistas: en términos relativos las transferencias municipales del PGE, en el año 2.000, representaban el 6,6% y en el año 2.020 habían decrecido al 6,4%. (Para ampliar ver gráfico adjunto)


En síntesis, pese al significativo crecimiento de la riqueza social del Ecuador:  pasó de un PIB percápita de 1.444 dólares, en el año 2.000, a uno de 6.127 dólares, en el 2.020, el Estado no ha cumplido el mandato constitucional que establece que “Se organiza en forma de república y se gobierna de manera descentralizada”. 

No hay ninguna descentralización fiscal en el Ecuador de los últimos 21 años dolarizados.










lunes, 8 de agosto de 2022

Nuevamente, el centralismo en contra de Cuenca

FERNANDO CORDERO CUEVA

06/08/2022

 

Según la constitución el Estado tiene cinco funciones: Legislativa, Ejecutiva, Judicial, Transparencia y Control social y Electoral. Cada una de estas funciones tienen autonomía y entre todas conforman la representación pública del Estado Central. Entre las entidades que conformar la función de Transparencia y Control social están las superintendencias y entre ellas la “Superintendencia de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo” (SOT).

 

La ley orgánica de la función de Transparencia y Control Social  establece que  dicha función se fundamenta en los siguientes principios: 1. Independencia: Ninguna función u organismo del Estado podrá intervenir en la organización, administración, atribuciones o adopción de resoluciones de la Función de Transparencia y Control Social. 2. Autonomía: La Función de Transparencia y Control Social y sus órganos se regirán por su propia regulación en los ámbitos administrativo, financiero, presupuestario y organizativo.

 

Pese a estas clarísimas y obligatorias normas constitucionales y legales, el centralismo con la complicidad de los directivos de la propia SOT, localizada en Cuenca, pretenden, trasladar la oficina matriz de esta superintendencia desde Cuenca a Quito y para hacerlo piden a la función ejecutiva (gobierno nacional) que,a través de la Secretaría Planifica Ecuador. 

Mediante un oficio, con faltas de ortografía, el Superintendente de Ordenamiento Territorial acoge la “resolución” arbitraria, inconstitucional e ilegal de la Secretaría Planifica Ecuador (organismo de la función ejecutiva que nada tiene que ver en la función de Transparencia y Control Social) que establece que "de acuerdo con los resultados obtenidos luego de la ponderación de los criterios institucionales, y en conocimiento de la ubicación de las entidades con las que se tienen cooperación, ejecución de convenios y en cumplimento de las atribuciones y competencias que tiene la SOT, se propone trasladar las unidades gobernantes, sustantivas y adjetivas del nivel central a la ciudad de Quito, lo que facilitará y mejorará el relacionamiento estratégico de las unidades gobernantes, administrativas y técnicas de esta Superintendencia, según se desprende del análisis efectuado."

 

El 27 de julio de 2022, el Superintendente de Ordenamiento Territorial, concede 5 días hábiles para que las dependencias técnicas y administrativas de la SOT realicen los análisis pertinentes para trasladar esta dependencia que funcionan en Cuenca a la ciudad de Quito. Esos 5 días hábiles terminaron el pasado miércoles 3 de agosto. Seguramente ya estarán desarmando la SOT para llevarse a Quito.

 

Señor alcalde, señores concejales, señora prefecta: ¿Los cuencanos vamos a quedarnos callados o vamos a defender la desconcentración de ese centralismo ineficaz e ineficiente que está destruyendo las posibilidades de futuro de nuestra patria?




 


 

lunes, 13 de mayo de 2019

ECUADOR: 189 AÑOS DE VIDA REPUBLICANA



 ECUADOR: 189 AÑOS DE VIDA REPUBLICANA

El 25 de junio de 1824 el Senado y Cámara de Representantes de la Gran Colombia promulgaron la “Ley de División Territorial de la República de Colombia” con la finalidad de establecer su organización territorial en departamentos, provincias y cantones. En ese año se crearon doce (12 ) departamentos, treinta y siete (37) provincias y doscientos veinte y ocho (228) cantones  De ellos, los Departamentos de Ecuador, Guayaquil y Azuay, llamados distrito del sur en la Gran Colombia constituyen el antecedente territorial de la República del Ecuador (Ver gráfico N° 1)
Gráfico N° 1
Gran Colombia: Departamentos y Provincias en 1824.


LA CREACION DE LA REPUBLICA DE ECUADOR
El 13 de mayo de 1830, en Quito, se constituyó el Ecuador como estado libre e independiente. Pocos días después se sumaron a la decisión de Quito, las capitales de los otros dos departamentos, Guayaquil, el 19 y Cuenca el 20 de mayo. En las siguientes semanas, se adhirieron las restantes ciudades de los tres departamentos. Nació así Ecuador con la misma organización territorial existente en el Distrito del Sur en la Gran Colombia. 

El 23 septiembre de 1830 se aprobó la primera Constitución del Ecuador en la ciudad de Riobamba y en ella expresamente se señala que los departamentos de Azuay, Guayas (anteriormente Guayaquil) y Quito (anteriormente Ecuador) se unen para  formar un Estado independiente con el nombre de Ecuador, cuyos límites corresponderán a los del Reino de Quito. Lamentablemente la falta de límites internacionales claros para el nuevo Estado, generó, desde el inicio de la vida republicana, varios conflictos y múltiples  desmembramientos territoriales. (Ver gráfico N° 2)

Gráfico N° 2
Ecuador 1830: Departamentos, Provincias y Cantones con los que se creó la República.


La referencia constitucional al Reino de Quito incorporó, en el naciente Estado ecuatoriano, una antigua pugna relacionada con el departamento de Cauca. Juan José Flores, primer presidente ecuatoriano, resolvió, más allá de lo aprobado en la primera Constitución, anexar a nuestra patria el departamento del Cauca (20 de diciembre de 1830) y comunicar su decisión al próximo Congreso Constitucional, el cual debía convocarse e integrarse con diputados nombrados por ese nuevo departamento de Ecuador. El Congreso Constitucional de 1831 se reunió en Quito entre el 20 de septiembre y el 8 de noviembre. Ratificando lo hecho por Flores, se dictó una Ley incorporando el Departamento de Cauca a Ecuador. (ver gráfico N° 3)
Gráfico N° 3
Ecuador 1831: Provincias y Cantones luego de la incorporación del departamento de Cauca

 . 

En 1832 se logró un acuerdo parcial sobre los límites de Pasto. Este acuerdo inicial con Colombia no detuvo las pugnas y controversias territoriales que duraron  varias décadas, hasta que el  15 de julio de 1916 se firmó el tratado de límites Muñoz Vernaza-Suarez.

lunes, 18 de febrero de 2019

CANTONALISMO III (18/02/2019)

CANTONALISMO (III parte) 

En los últimos 10 años,no hemos tenido ningún alcalde comprometido, seriamente, con la descentralización y la autonomía municipal

FERNANDO CORDERO CUEVA
18/02/2019

En 18 años del siglo XXI se han creado seis cantones. Desde el  2008, no se ha creado ninguno. ¡Al fin!, parece que nos curamos de la “cantonitis” crónica. La Constitución de Montecristi detuvo el CANTONALISMO y apuesta por un Estado unitario que se GOBIERNE DESCENTRALIZADAMENTE. Propone un modelo de gestión descentralizado con competencias exclusivas para todos los gobiernos sub-nacionales: regionales, provinciales, cantonales y parroquiales.  En múltiples artículos incluye principios para la DESCENTRALIACION y AUTONOMÍA de esos gobiernos sub-nacionales. Para ratificar esa voluntad política explícita, les denomina “GOBIERNOS AUTÓNOMOS DESCENTRALIZADOS”. 

Lo señalado no significa que el CENTRALISMO desapareció en el 2008. Sin embargo fue muy importante que se hayan creado disposiciones constitucionales, para desarrollar la DESCENTRALIZACION y enfrentar dieciocho décadas de centralismo. 

Algunas normas constitucionales para la  descentralización son verdaderos avances teóricos y conceptuales. Pese a ello, en mas de diez años de vigencia constitucional, la descentralización, en la mayoría de temas, no ha pasado de una importante decisión de la Asamblea Constituyente.  Para gobernarse descentralizadamente, el país tendrá que dar duras batallas contra las mil caras del centralismo. Los alcaldes de los dos últimos períodos  tuvieron mandatos ampliados de 5 años -muchos fueron reelectos-. Mas allá de la trillada frase electoral, “lucha contra el centralismo”, no hemos tenido ningún alcalde comprometido, seriamente, con la descentralización. 

El CANTONALISMO no pudo ser eliminado por la Constitución 2008. En su lugar se propone crear MANCOMUNIDADES que fortalezcan los gobiernos cantonales. Siendo una  estrategia adecuada habrá que establecer incentivos, con recursos económicos adicionales, para impulsarlas. Por ejemplo,  con dos puntos porcentuales del IVA, destinados a las mancomunidades -sin necesidad de incrementar ese impuesto-, en 10 años, se podrían eliminar muchos desequilibrios territoriales. Todos los habitantes urbanos y rurales del Ecuador, tendrían atendidas sus necesidades de: agua potable, eliminación de aguas residuales, recolección y destino final de basura, servicio de transporte público, internet y telefonía. En las mancomunidades las mayores inversiones se concentran en los que menos tienen ya que el objetivo es atender al 100% de ciudadanos, empezando con los que tienen mas necesidades insatisfechas.

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