miércoles, 26 de junio de 2019

LOS BARRIOS: ¿UNIDADES DE PARTICIPACION CIUDADANA?



LOS BARRIOS: ¿UNIDADES DE PARTICIPACION CIUDADANA?


FERNANDO CORDERO CUEVA
26/06/2019

Si este modelo urbanístico se aplica para delimitar barrios, en Cuenca, tercera ciudad del Ecuador deberían existir, en su área urbana, aproximadamente 118 barrios de 3.500 habitantes cada uno.




La constitución ecuatoriana define a los barrios y parroquias urbanas como unidades básicas de participación en los gobiernos autónomos descentralizados y en el sistema nacional de planificación. El Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, COOTAD, desarrolla el mandato constitucional y establece que, en cada parroquia y barrio, sus vecinos, en libre participación ciudadana, elegirán, mediante votación universal directa y secreta de todos los pobladores empadronados en cada barrio o parroquia urbana, a los respectivos consejos barriales y parroquiales urbanos.

Estos consejos barriales o parroquiales urbanos tienen importantes funciones tales como: representar a la ciudadanía de su territorio; velar por la garantía y el ejercicio de los derechos ciudadanos a la ciudad y al territorio; ejercer control social sobre servicios y obras públicas; apoyar programas y proyectos de desarrollo social, económico y urbanístico en beneficio de sus vecinos; participar en la elaboración de los planes de desarrollo, ordenamiento territorial, uso y gestión del suelo y en los correspondientes presupuestos. (COOTAD arts.306 y 307)

La mayoría de ciudadanos nos preguntamos ¿por qué una propuesta tan importante no se ha concretado en mas de 10 años? Las respuestas son múltiples: insuficiente conocimiento y falta de organización ciudadana; desidia de las autoridades políticas respecto a la organización y participación ciudadana; falta de políticas públicas para definir las características básicas de los barrios y parroquias.

Comparto algunas ideas en torno a la definición y delimitación de barrios urbanos, con la finalidad de homogeneizar referencias y poder emprender múltiples campañas en todas nuestras ciudades para que los vecinos nos organicemos, elijamos a nuestros representantes barriales y parroquiales urbanos y tengamos mayor participación y decisión sobre nuestro futuro.

Un barrio, genéricamente corresponde a “Cada una de las partes en que se dividen los pueblos y ciudades”. Con fines de planificación urbanística y participación ciudadana esas “partes de ciudad” deberían tener poblaciones y dotación de equipamiento, similares. Por ejemplo, si la población de un barrio sería la equivalente a la cantidad de personas necesarias para poder sustentar una unidad de educación básica (escuela de 10 grados) en su propio territorio, en el Ecuador de hoy, los barrios tendrían poblaciones promedio de 3.500 habitantes. En función de densidades urbanas brutas entre 30 y 120 habitantes por hectárea, los niños podrían recorrer distancias diarias absolutamente razonables, comprendidas entre 300 y 600 metros entre su hogar y la escuela. 

Para aquellos que creen que “ya no hay espacio para localizar bien las escuelas” sería bueno que calculen los millones de dólares anuales que gastamos en combustibles fósiles y en vehículos que cruzan nuestras ciudades en larguísimos recorridos que les quitan a los niños mas de dos horas diarias de su tiempo vital. Con esos millones de dólares se puede pagar todos los terrenos necesarios, para localizar adecuadamente todas las escuelas de nuestros niños y permitirles, a todos, que vayan a su escuela, caminando.

Si este modelo urbanístico se aplica para delimitar barrios, en Cuenca, tercera ciudad del Ecuador debería existir, en su área urbana, aproximadamente 118 barrios de 3.500 habitantes cada uno.


martes, 18 de junio de 2019

UNA MINGA PARA EL DESARROLLO LOCAL Y EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL


UNA MINGA PARA EL DESARROLLO LOCAL Y EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL



FERNANDO CORDERO CUEVA
18-06-2019


En Ecuador, desde 2008, el marco normativo para la planificación y el ordenamiento territorial se encuentra en la constitución y en las leyes orgánicas derivadas de ella. Conociendo que la mayoría de expresiones del desarrollo, cuanto, los desequilibrios e inequidades sociales, se expresan en el territorio, es un acierto legislativo, el que se hayan unido los procesos de planificación del DESARROLLO con aquellos de ORDENAMIENTO TERRITORIAL.



Un plan de desarrollo, es un instrumento de gestión pública destinado a impulsar y conducir el desarrollo social en un determinado territorio. En Ecuador, podemos hablar, al menos, de los siguientes planes de desarrollo: nacional, regional, provincial, cantonal y parroquial. (generalmente se los denomina “Planes de Desarrollo Local” a todos los sub-nacionales).

Al desarrollo social lo entendemos como un proceso permanente y progresivo, para elevar el nivel y condiciones de vida de todos los habitantes de un territorio. Un  plan de desarrollo sirve para prefigurar y planificar ese cambio, destinado a reducir y eliminar inequidades y crear igualdad de oportunidades para acceder a bienes y servicios.

Siendo el ordenamiento territorial una expresión espacial de las políticas: social, cultural, ambiental y económica de una sociedad, debe ser acometido como un método planificado de solución y prevención de los problemas relacionados con los desequilibrios territoriales y de manera particular con la desordenada ocupación y uso del territorio. Un Plan de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del suelo debería cubrir, al menos, las siguientes fases y contenidos:

DIAGNOSTICO DE LA SITUACION ACTUAL Y TENDENCIAS
·       Conocimiento de la situación actual (Diagnóstico)
·       Procesos tendenciales.

FORMULACION DEL PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL, USO Y GESTION DEL SUELO
  • ·       Identificación de Objetivos de Desarrollo y Ordenación Territorial
  • ·       Formulación del Plan de Ordenamiento Territorial (Clasificación del suelo/ Urbano: Consolidado, no consolidado, de protección/ Rural: de Producción, aprovechamiento productivo, expansión urbana)
  • ·       Definición de Sectores de Planeamiento o Polígonos de intervención rurales y urbanos
  • ·       Sistema vial: cantonal (coordinado con prefectura)/ Urbano: vías arteriales, colectoras, normas para vías locales
  • ·       Usos de suelo principales, complementarios y compatibles  en polígonos urbano y rurales.
  • ·       Densidades y distribución espacial de la población
  • ·       Localización y reserva de suelo para vivienda de interés social y equipamientos
  • ·       Características de uso y ocupación del suelo en cada uno de los polígonos de intervención: densidades, porcentajes de ocupación de suelo, uso de suelo POS, porcentajes de utilización de suelo PUS, áreas y dimensiones geométricas mínimas de los predios, tipos de implantación, altura de las edificaciones y retiros mínimos.
  •      Identificación de polígonos de intervención que requieren Planes Complementarios o Planes Especiales.
  •   r Ordenanza que aprueba el Plan de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo.
SISTEMAS DE INFORMACION TERRITORIAL

Debería aprovecharse la formulación del Plan de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo, para configurar un Sistema de Información Territorial, SIT, que sirva simultáneamente como una herramienta del proceso de conocimiento de la realidad que se planifica y, a su vez, -en un tiempo posterior- como instrumento de evaluación de los impactos socio-espaciales del desarrollo planificado o de la realidad no intervenida.   Entendido y conformado así el SIT se convertirá en un poderoso mecanismo de acumulación de conocimiento y archivo “vivo” de procesos socio espaciales y tecno-políticos.
El SIT en cada localidad contendrá datos que describen la geografía urbana o rural del área estudiada. Su principal característica será la de interrelacionar permanentemente datos sociales con datos geográficos y transformarlos en mapas que se dibujan y adecuan a diferentes formatos y escalas y que también pueden transformarse en representaciones analógicas al imprimirse. (CORDERO Cueva, 2007). Los datos y  mapas del SIT serán muy importantes para crear diferentes observatorios del Desarrollo Local. 



En cada provincia y parroquia rural se deberían emprender los planes de ordenamiento territorial en forma coordinada con los planes de ordenamiento territorial, uso y gestión del suelo de los respectivos cantones. Este proceso debe ser asumido como una verdadera MINGA, capaz de aprovechar los mejor de cada uno: asesores y consultores capaces y dispuestos a hacer equipo con los técnicos de los GAD. Alcaldes, prefectos, presidentes de juntas parroquiales, concejales y vocales de juntas parroquiales, apoyados por universidades y centros de investigación públicos y privados predispuestos a crear verdaderos Sistemas de Información Territorial, confiables y transparentes, que dinamicen y garanticen la participación ciudadana durante la formulación de los planes y luego permitan su control y evaluación permanentes.

domingo, 2 de junio de 2019

YA ESTAN ATRASADOS…


YA ESTAN ATRASADOS…

“Estamos frente a la extraordinaria oportunidad de que TODAS las municipalidades ecuatorianas, hasta el 14 de mayo de 2020, formulen Planes de Desarrollo, Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión de Suelo, con sus respectivas ordenanzas o leyes cantonales” 

FERNANDO CORDERO CUEVA
2/06/2019

Según la Ley de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo, LOTUS, del 2016, los Gobiernos Autónomos Descentralizados municipales y metropolitanos, (artículo 11-3) “clasificarán todo el suelo cantonal o distrital, en urbano y rural y definirán el uso y la gestión del suelo. Además, identificarán los riesgos naturales y antrópicos de ámbito cantonal o distrital, fomentarán la calidad ambiental, la seguridad, la cohesión social y la accesibilidad del medio urbano y rural, y establecerán las debidas garantías para la movilidad y el acceso a los servicios básicos y a los espacios públicos de toda la población. Las decisiones de ordenamiento territorial, de uso y ocupación del suelo de este nivel de gobierno racionalizarán las intervenciones en el territorio de los otros niveles de gobierno”. A mas de importante, este texto legal, es un CLARO Y CONTUNTENTE RECONOCIMIENTO de la AUTONOMIA MUNICIPAL establecida en el artículo 264 de la Constitución al asignarles competencias para “Planificar el desarrollo cantonal y formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial, de manera articulada con la planificación nacional, regional, provincial y parroquial, con el fin de regular el uso y la ocupación del suelo urbano y rural” y  “Ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón”.


Este mandato legal complementa aquellos que están vigentes en el “Código Orgánico Organización Territorial Autonomía y Descentralización”, COOTAD, y en el “Código Orgánico De Planificación Y Finanzas Públicas”, COPIF y que obligan a las 221 municipalidades ecuatorianas a actualizar los Planes de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, cada  cuatro años, en coincidencia con el cambio de autoridades.
La quinta disposición transitoria de la LOTUS establece que “Los Gobiernos Autónomos Descentralizados adecuarán sus planes de desarrollo y ordenamiento territorial y las ordenanzas correspondientes en el primer año del siguiente periodo de mandato (2019-2020) de las autoridades locales”.
Por todo lo señalado, estamos frente a la extraordinaria oportunidad de que, TODAS las municipalidades ecuatorianas, hasta el 14 de mayo de 2020, formulen Planes de Desarrollo, Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión de Suelo, con sus respectivas ordenanzas o leyes cantonales que conviertan a  dichos instrumentos de planificación en OBLIGATORIOS, tanto para el Gobierno Central, los propios GAD y otras personas jurídicas públicas o mixtas, y personas naturales o jurídicas privadas.
Señores alcaldes, alcaldesas y concejales, sabemos que han perdido estos primeros 20 días en la formulación de los Planes de Desarrollo, Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión de Suelo, entre otras causas por la inexistencia de las “Regulaciones Nacionales sobre Uso y Gestión del Suelo”    que debió expedir el Consejo Técnico de Uso y Gestión del Suelo en los siguientes 90 días a la expedición de la LOTUS (hasta el 5 de octubre de 2016). ¿No creen que podrían reunirse, en una asamblea extraordinaria de Municipalidades Ecuatorianas y aprobar un texto con tales regulaciones, para presentarlo al Consejo Técnico de Uso y Gestión del Suelo y solicitar su aprobación  en un máximo de 10 días?. Si logran esa aprobación hasta el 14 de julio, tendrán 10 meses o 300 días para formular 221 planes de Desarrollo Cantonal, Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión de Suelo, como nuevas herramientas para seguir apostando por la autonomía descentralizada que proclama la constitución de Montecristi y nuestros ciudadanos la necesitan, cada vez con mayor urgencia..

lunes, 13 de mayo de 2019

ECUADOR: 189 AÑOS DE VIDA REPUBLICANA



 ECUADOR: 189 AÑOS DE VIDA REPUBLICANA

El 25 de junio de 1824 el Senado y Cámara de Representantes de la Gran Colombia promulgaron la “Ley de División Territorial de la República de Colombia” con la finalidad de establecer su organización territorial en departamentos, provincias y cantones. En ese año se crearon doce (12 ) departamentos, treinta y siete (37) provincias y doscientos veinte y ocho (228) cantones  De ellos, los Departamentos de Ecuador, Guayaquil y Azuay, llamados distrito del sur en la Gran Colombia constituyen el antecedente territorial de la República del Ecuador (Ver gráfico N° 1)
Gráfico N° 1
Gran Colombia: Departamentos y Provincias en 1824.


LA CREACION DE LA REPUBLICA DE ECUADOR
El 13 de mayo de 1830, en Quito, se constituyó el Ecuador como estado libre e independiente. Pocos días después se sumaron a la decisión de Quito, las capitales de los otros dos departamentos, Guayaquil, el 19 y Cuenca el 20 de mayo. En las siguientes semanas, se adhirieron las restantes ciudades de los tres departamentos. Nació así Ecuador con la misma organización territorial existente en el Distrito del Sur en la Gran Colombia. 

El 23 septiembre de 1830 se aprobó la primera Constitución del Ecuador en la ciudad de Riobamba y en ella expresamente se señala que los departamentos de Azuay, Guayas (anteriormente Guayaquil) y Quito (anteriormente Ecuador) se unen para  formar un Estado independiente con el nombre de Ecuador, cuyos límites corresponderán a los del Reino de Quito. Lamentablemente la falta de límites internacionales claros para el nuevo Estado, generó, desde el inicio de la vida republicana, varios conflictos y múltiples  desmembramientos territoriales. (Ver gráfico N° 2)

Gráfico N° 2
Ecuador 1830: Departamentos, Provincias y Cantones con los que se creó la República.


La referencia constitucional al Reino de Quito incorporó, en el naciente Estado ecuatoriano, una antigua pugna relacionada con el departamento de Cauca. Juan José Flores, primer presidente ecuatoriano, resolvió, más allá de lo aprobado en la primera Constitución, anexar a nuestra patria el departamento del Cauca (20 de diciembre de 1830) y comunicar su decisión al próximo Congreso Constitucional, el cual debía convocarse e integrarse con diputados nombrados por ese nuevo departamento de Ecuador. El Congreso Constitucional de 1831 se reunió en Quito entre el 20 de septiembre y el 8 de noviembre. Ratificando lo hecho por Flores, se dictó una Ley incorporando el Departamento de Cauca a Ecuador. (ver gráfico N° 3)
Gráfico N° 3
Ecuador 1831: Provincias y Cantones luego de la incorporación del departamento de Cauca

 . 

En 1832 se logró un acuerdo parcial sobre los límites de Pasto. Este acuerdo inicial con Colombia no detuvo las pugnas y controversias territoriales que duraron  varias décadas, hasta que el  15 de julio de 1916 se firmó el tratado de límites Muñoz Vernaza-Suarez.

miércoles, 1 de mayo de 2019

1 DE MAYO: DIA DE HOMENAJE Y REIVINDICACIÓN


1 DE MAYO:  DIA DE HOMENAJE Y REIVINDICACIÓN


“Hoy mas que nunca se requiere de hombres y mujeres patriotas dispuestos a impedir que se reduzcan o eliminen nuestros derechos y conquistas”.



FERNANDO CORDERO CUEVA
1/05/2019

El primero de mayo siempre será una jornada de homenaje a los trabajadores, y al mismo tiempo una expresión de nuevas reivindicaciones de todos los ciudadanos. El homenaje será en recordación de los trabajadores masacrados en Chicago, Estados Unidos  por participar en la huelga iniciada el 1 de mayo de 1886 y las luchas para reducir la jornada laboral diaria a ocho horas y de las nuevas luchas y sacrificios de los trabajadores del mundo entero por conseguir mejores condiciones de vida para todos. 

En Ecuador, si bien la jornada laboral diaria de 8 horas se estableció en 1916, recién en 1980, se redujo de  44 a 40 horas semanales. En la semana de 44 horas se incluía, generalmente, el sábado en la mañana -conocido como “sábado ingles”- 

En estos días se anuncia un nuevo “Dialogo Nacional” y algunos empleadores proponen volver a jornadas laborales de mas de 8 horas, concentrando las 40 horas semanales en tres días y medio - ¿promedio de 11,4 horas diarias?- .



Por otro lado el INEC informa que sólo el 39,6% de ecuatorianos tiene un empleo adecuado -seguramente con jornadas de 8 horas diarias y 40 semanales-.  ¿Y el restante 60,4% tiene jornadas de 8 horas y 40 horas semanales o debe trabajar los siete días de la semana durante todo el año?.  

El debate nacional, obligadamente, tendrá que analizar y proponer cambios sobre esta dolorosa y desequilibrada situación y no reducir el “Dialogo Nacional”  a viabilizar las condiciones impuestas por el FMI para reducir el gasto público y garantizar el pago de la deuda externa. Tampoco podrá olvidar el mandato constitucional que establece que “El sistema de seguridad social es público y universal, no podrá́ privatizarse y atenderá́ las necesidades contingentes de la población. La protección de las contingencias se hará efectiva a través del seguro universal obligatorio y de sus regímenes especiales”.

Que este 1 de mayo de 2019 nos llene de energías a todos para sumarnos a esa lucha permanente por los derechos y por el bienestar de todos los ecuatorianos. Hoy mas que nunca se requiere de hombres y mujeres patriotas, dispuestos a impedir que se reduzcan o eliminen nuestros derechos y conquistas.

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